viernes, 11 de septiembre de 2009

Asesinato por "Imprudencia", recoño!


Y yo que pensaba que solamente en México vivíamos un estado de derecho de mierda... esta nota es para Ripley...

Mató a una mujer de 75 puñaladas y le dan sólo 5 años por "imprudencia"

19:16|El acusado tiene 32 años y los jueces le dieron una leve pena porque consideraron que había actuado bajo los efectos del alcohol. El crimen ocurrió en febrero de 2008 en General Roca.

Un hombre que asesinó a una joven a puñaladas y golpes con una mancuerna en la ciudad rionegrina de General Roca, fue condenado a cinco años de prisión por un tribunal que entendió que el acusado actuó de forma imprudente, porque estaba alcoholizado. El hombre recibió la pena máxima por el delito de "homicidio culposo", ya que los jueces interpretaron que al beber y embriagarse deliberadamente antes de concretar el crimen, actuó de manera negligente y sin intención. El fiscal Eduardo Luis Rodríguez Trejo, aseguró a Télam que está "en pleno análisis de los fundamentos de la sentencia" dictada por la Cámara Segunda en lo Criminal de General Roca, pero anticipó que "será recurrida ante Casación".

El condenado fue identificado como Ramón Sosa, de 32 años, quien llegó a juicio acusado de haber asesinado a Laura Nahuelcar, de 22, el 27 de febrero de 2008. La joven recibió al menos 75 heridas producidas en todo su cuerpo, entre cuchilladas y golpes. Luego del ataque, Sosa salió de su casa y le avisó a un vecino lo que había ocurrido, pero antes de que llegara la Policía intentó quitarse la vida cortándose las venas. El hombre quedó tirado en el piso. Para la querella y la fiscalía, Sosa "comprendió lo que había hecho".

Durante el juicio no pudo develarse el móvil del crimen ni el vínculo entre Sosa y Nahuelcar. Ningún familiar de la víctima conocía al acusado. La Policía sostuvo que durante el arresto el hombre dijo que había matado a la mujer "por los cuernos". Sosa estaba totalmente embriagado cuando acchilló a la joven. Según los jueces Juan Rotter, María Evelina García y César López Meyer, su estado lo llevó a actuar de manera negligente.

El voto del juez Rotter, acompañado por los demás magistrados, sostiene: "Al haber sido consciente y voluntaria la ingesta alcohólica por parte de Sosa tal circunstancia constituye una negligencia". Y agrega: "Su culpabilidad consistió en ese estado de ebriedad imprudente". Sosa recibió cinco años de prisión por "homicidio culposo".

Por otra parte, el condenado deberá someterse a un tratamiento psicoterapéutico para que pueda controlar las ingestas alcohólicas. En sus alegatos, el fiscal del juicio había solicitado que se condene al acusado a 15 años de prisión por "homicidio simple" y la querella a prisión perpetua por "homicidio calificado". En tanto, la defensa había reclamado la absolución y subsidiariamente que se lo condene por "homicidio culposo".

"No encontramos la forma de entender el razonamiento del tribunal", dijo el fiscal. "Según los forenses, Sosa estaba en lo que se llama 'tercer grado' en la escala del test de alcoholemia al que fue sometido. Los médicos dijeron que en ese grado la persona sufre de 'inconciencia plena', dijo Rodríguez Trejo. Y agregó: "Si partimos de ese análisis, que estableció que tenía 2,43 gramos de alcohol en sangre, ¿cómo se explica que esta persona haya causado 75 heridas entre puñaladas y golpes, haya cruzado la calle hasta la casa del vecino para pedir ayuda, y haya intentado suicidarse?".

Los jueces avalaron que el acusado pudo haber padecido una "amnesia total" por estar ebrio. Sosa, que no declaró en el juicio pero sí ante los peritos psiquiátricos, manifestó que se encontró con la víctima "para tomar birras" en un pub de la zona de "El Canalito". Señaló que ingirieron alrededor de tres o cuatro cervezas. Luego, detalló que fueron hacia el Barrio Tiro Federal, donde compraron "dos cervezas más, un Fernandito (por Fernet) y un clericó".

Más tarde fueron hacia su casa, donde siguieron bebiendo. Sosa declaró que no recordaba haber tomado un cuchillo y matado a la joven. Asimismo, dijo que cuando lo despertaron en el hospital no entendía por qué estaba allí: "Me decían: '¿qué cagadita te mandaste?'. Me quedé mirando, tenía el cuerpo pesado, no entendía nada. Pregunté cómo estaba ella y los policía se rieron sin contestarme", dijo Sosa a los peritos. Para los jueces, los dichos del acusado "referidas a una amnesia total del momento crítico del hecho, no resultan en lo más mínimo inesperadas o contradictorias". Además, recordaron que "el proceso amnésico ebrioso normal ocurre, en forma lacunar, nunca comienza en forma abrupta y completa".

La junta médica que trató a Sosa, remarcó en su resolución: "Comprender, desde un punto de vista psicológico, tiene un significado diferente que entender (...). El entendimiento implica un aprendizaje del concepto sin la internalización del mismo en el psiquismo, es decir, intelectualmente se pueda dar cuenta qué significa, pero no se integra ese concepto simbólico al entramado psíquico que modula la conducta".

Y agregaron: "En otras palabras, el suceso resulta un quiebre biográfico, una conducta inesperada e inédita en él en situaciones similares. El entrevistado refirió también que tiene períodos de amnesia del día del suceso, que empiezan varias horas antes del hecho luctuoso". Juan Carlos Nahuelcar, padre de la joven asesinada, dijo que el fallo "es injusto, porque no te pueden dar la misma condena si robás una bicicleta que si matás".

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